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Aumento en las expulsiones judiciales a migrantes por droga y delitos violentos: Variación de las cifras y dificultades del proceso

Abogados explican el marco normativo que rige estos procedimientos.

De acuerdo con las cifras del Poder Judicial, que realizó un análisis de la jurisdicción de cada Corte de Apelaciones del país, las expulsiones judiciales a extranjeros registraron un aumento significativo en los últimos dos años, pasando de 751 en el año 2021, a más de 1.200 en 2022.

Según los datos del órgano, este tipo de pena sustitutiva se ha concentrado en el norte, específicamente en las jurisdicciones de Iquique (36%), Antofagasta (29%) y Arica (15%); y en su mayoría se han debido al tráfico ilícito de drogas.

Según informó El Mercurio, en base a las estadísticas del Poder Judicial, los delitos más cometidos por los extranjeros en casos de expulsiones son:

• Tráfico de drogas: En 2021 fueron 513 casos (65% del total), y en 2022 se registraron 909 (75%).
• Robos con intimidación y con violencia: Se registraron 52 (6,1%) y 69 deportaciones (5,66%) en el primer caso (con intimidación), y otros 26 robos (3,05%) y 67 deportaciones (5,49%) en el segundo (con violencia), en el mismo periodo.

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El juez presidente del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, Moisés Pino, aseguró a El Mercurio que, precisamente, esta alza se ha debido “al aumento de los juicios por tráfico de drogas”. Y explica que, en estas causas, “los imputados son en su mayoría extranjeros, sin residencia en Chile y que han ingresado por pasos irregulares”. Además, Pino indica que sólo en su Jurisdicción, estos juicios pasaron de 206 a 389.

Expulsiones judiciales y sus obstáculos

Actualmente, los procedimientos de expulsión a migrantes se diferencian en dos tipos: Administrativo (a través del Servicio Nacional de Migraciones, ante el incumplimiento de la normativa migratoria) y judicial (mediante una orden emanada de un tribunal ante la comisión de un delito).

Con respecto a lo dispuesto en la Ley N°18.216, que establece la expulsión judicial como pena sustitutiva a las privativas o restrictivas de libertad, Felipe García de la Huerta, abogado litigante de Lex Juicios y experto en derecho migratorio, indica que el principal problema de este tipo de expulsiones (a diferencia de las de carácter administrativo), es que su ámbito de aplicación es mucho más limitado y restringido, porque legalmente se exige la previa comisión de un delito y que la pena concreta asociada a ese crimen no sea superior a cinco años de presidio o reclusión menor en su grado máximo.

Según establece el artículo 34 de dicha ley, la sanción implica, además, que los extranjeros sentenciados no puedan volver a Chile en 10 años, y en caso de incumplimiento, deben cumplir la pena efectiva originalmente impuesta. En razón de lo que dispone esta norma, la expulsión judicial debe ser emitida por el tribunal con competencia penal correspondiente, mediante una resolución definitiva.

“Otro factor que ralentiza considerablemente las expulsiones es uno de carácter casi diplomático, pues materializar la expulsión de extranjeros requiere también de voluntad política del país de origen del expulsado para volverlo a recibir, colaboración que se ha tornado compleja el último tiempo”, asevera García de la Huerta.

Desde Ulises Abogados, Nadia Reyes y Humberto Hermosilla, especializados en derecho migratorio y extranjería en Chile, señalan que, entre otros problemas y causas de la ralentización en el Proceso de Expulsión Judicial, se encuentran:

• El alto número de causas penales asociadas a delitos de tráfico de drogas y la difícil identificación de extranjeros que comenten los delitos.
• La demora misma del proceso judicial penal.
• Que los extranjeros suelen ingresar al país por pasos no habilitados y no poseen documentación, lo que complica su identificación y posterior expulsión.
• La falsificación de documentos, ya que pueden existir diferentes identidades falsas y, por ende, se inician procesos nuevos.

“Para agilizar estos procesos, es crucial mantener un control fuerte en la frontera para evitar los ingresos por pasos no habilitados. Es importante que las expulsiones administrativas a extranjeros que ingresan por pasos no habilitados, llevadas a cabo por el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), se materialicen. Además, muchas de las expulsiones judiciales ya decretadas por los tribunales aún no son concretadas por las autoridades, por lo que se debe realizar una mayor coordinación entre el SERMIG y la Policía de Investigaciones”, expresan desde el estudio jurídico.

Las tendencias proyectadas

En Ulises Abogados explican que la Ley 18.216, que permite las expulsiones judiciales, excluye los delitos cometidos con infracción de la Ley Nº 20.000 (tráfico de drogas), y afirman que esto incrementa el número de personas en el sistema penitenciario, aumentando los costos asociados a la mantención de una persona privada de libertad.

Ante esto, los abogados añaden que, si se considera la modificación a la Ley 18.216 y se incluyen nuevamente los delitos asociados a la Ley 20.000, se podría proyectar un aumento significativo en la tendencia de expulsiones judiciales.

“Es muy esperable que la cantidad de expulsiones de extranjeros ante la comisión de este tipo de delitos siga al alza, considerando además la reciente dictación de la Ley N° 21.567, que otorga más facultades policiales en el control migratorio para mejorar la persecución penal de delitos cometidos por extranjeros irregulares, pudiendo incluso notificar inmediatamente al extranjero en caso de que exista una orden de expulsión administrativa pendiente, lo que facilita en gran medida la realización de aquel procedimiento”, agrega Felipe García de la Huerta.

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