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Aguinaldo 18 de septiembre: Revisa el monto y si eres beneficiario

Este año la festividad será del viernes 15 al martes 19 de septiembre.

A poco menos de un mes para que la bandera nacional cubra todo el país, la mayor preocupación de los chilenos es cómo celebrar el 18 de septiembre. Y es que, con los elevados precios en carnes y verduras, la planificación de esta celebración se debe realizar con cuidado.

Es por esto que cada año el gobierno entrega un aguinaldo a los pensionados y trabajadores públicos y esta vez no es la excepción, pero ¿quiénes son los beneficiarios?.

Primero te contamos que el monto base del aguinaldo para estas Fiestas Patrias es de $23.261, a lo que se le suman $11.933 por carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2023.

Toda persona que cumpla con estas calidades hasta fin de mes recibirá el aguinaldo:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

18 texto

En tanto, para los trabajadores públicos que “al 31 de agosto del año 2023, desempeñen cargos de planta o a contrata en las entidades a que se refiere el artículo 2 y a los trabajadores a que se refieren los artículos 3, 5 y 6”, así se establece en el artículo 8º de la Ley 21. 526.

En dicha ley se establece un aguinaldo de $81.196 para quienes tengan un sueldo líquido menos o igual a $943.703, mientras que para quienes superen ese monto, recibirán $56.365.

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