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Estas son las funciones, atribuciones y limitaciones de los integrantes de la Convención Constituyente

155 miembros fueron electos en las elecciones del pasado fin de semana.

155 fueron los candidatos electos para desarrollar la nueva Constitución en las elecciones del pasado fin de semana, los que tendrán nueve meses, con una posible prórroga de hasta tres más, para redactarla.

Los independientes ganaron la mayoría de los asientos y fueron los grandes vencedores de la jornada, que estuvo marcada por las duras derrotas del oficialismo y la ex Concertación.

Papeletas

El organismo, igualitario en la cantidad de hombres y mujeres y con 17 miembros de los pueblos originarios, tendrá sus sesiones en el Congreso Nacional de Santiago. Una vez concluido el proceso de calificación, el que tendría una duración de 30 días, el Presidente tendrá 72 horas para convocar a la primera reunión mediante un decreto supremo exento.

¿Cuáles son sus funciones, atribuciones y limitaciones? Acá las mencionamos:

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FUNCIONES: El Texto Fundamental que decidirán estos 155 integrantes tiene que respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Para acceder a la prórroga de los tres meses, en tanto, debe pedirse a través de la presidenta de la instancia, o que al menos 1/3 de la convención la solicite. Una vez que termine la redacción, el organismo tendrá que disolverse.

ATRIBUCIONES: Además de escribir la Carta Magna que reemplazará a la de 1980, se les entregará una retribución mensual cercana a los $2.5 millones. A ese monto también se le sumará una asignación establecida en el reglamento, y que será regulada por un comité externo.

LIMITACIONES: La leyes 20.880 y 20.730 entran en juego para estas personas. La primera dice relación con su probidad y prevención de conflictos de interés, mientras que la segunda regula el lobby y les prohíbe establecer intereses personales. Asimismo, no podrán vetar ni modificar la Constitución actual, la que seguirá vigente hasta que se apruebe la nueva. Por último, no podrán postularse a cargos públicos durante su estancia en la Constituyente, y hasta un año después de terminada su participación.

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