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Pacto de convivencia: ¿Cuáles son las reglas para convivir sin casamiento en Argentina?

Nueva modalidad de unión de parejas en el Código Civil. Juntos pero sin casarse. Entérese qué contiene.

Una pareja de Rosario, Santa Fe, obtuvo la primera “Libreta de unión convivencial” que instituyó el nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina. El instrumento legal es un nuevo recurso para parejas que no han contraído casamiento pero conviven, estableciendo derechos y obligaciones para los integrantes de la unión civil.

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Unión convivencial, ¿qué es?

De acuerdo al Artículo 509 del nuevo Código Civil y Comercial, la Unión Convivencial es referida a: “…la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”.

Luego se detallan los derechos y obligaciones de los miembros de la pareja. Entre ellos pueden señalarse el poder unificar o no sus aportes a la seguridad social, proteger la vivienda familiar evitando que uno de los integrantes pueda vender, alquilar o hipotecar el inmueble, capacidad de establecer una división de bienes previos a la unión, y también, la manera de repartir o no lo obtenido en forma posterior, obtener la posibilidad de pensión por fallecimiento y compartir la responsabilidad ante deudas contraídas frente a terceros.

Requisitos a cumplir

Ambos integrantes de la pareja deben ser mayores de edad, no ser parientes, no estar casados ni tener otro registro de unión convivencial, mantener una relación pública, notoria, estable y permanente por un mínimo de dos años. El trámite es simple, deben presentarse ambos integrantes ante el Registro de las Personas e inscribir la relación. No se requiere la presencia de testigos. El mismo trámite para los pactos que hayan celebrado (división de bienes, etc.) y para la finalización del vínculo.

Para qué sirve

Para evitar que se disponga en forma unilateral la vivienda familiar, establecer acuerdos previos en cuanto a los aportes individuales, economía y otros detalles de común acuerdo. Es también un marco de cobertura para los hipotéticos hijos de la pareja en cuanto a utilización de apellidos, inscripción legal en colegios o instituciones, acceder a la adopción legal, documentación, etc..

Es un nuevo instrumento legal y alternativo al casamiento tradicional y a la unión civil. El casamiento y la unión civil requieren registro legal y tiene incidencia sobre herencias y bienes gananciales. En el caso de la unión convivencial es un simple acto administrativo que tiende a la unión de las personas, no de los bienes. Estos últimos serán parte de pactos o acuerdos previos entre los integrantes de la pareja. Solamente procura privilegiar la protección de la vivienda familiar y cubrir legalmente a los hijos que pudiera tener la pareja.

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