20.000 expulsiones administrativas pendientes a migrantes irregulares: Las cifras, causas y cómo funciona el proceso
- Marco Zecchetto Rocco, equipo de Facts
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Luego de que la ministra del Interior, Carolina Tohá, y el Presidente de la República, Gabriel Boric, responsabilizaran a Venezuela y Bolivia de obstaculizar los procesos de expulsión y reconducción de migrantes que ingresan a Chile, ambos países bolivarianos respondieron exigiendo “respeto por los derechos humanos” (ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Yván Gil), y que no existe un pacto bilateral sobre reconducción de migrantes (viceministro de RR.EE, de Bolivia, Freddy Mamani Machaca).
En una entrevista con Radio Cooperativa, la ministra Tohá aseveró que “el régimen venezolano no da las facilidades para que (se concreten) las expulsiones que se decretan en Chile, que hay 20 mil en carpeta y que no se pueden ejecutar”.
Por su parte, Gabriel Boric aseguró que Bolivia “no está llevando adelante la reconducción de los ciudadanos venezolanos y colombianos que entran por la frontera”.
Recientemente, Tohá afirmó que no habrá “perdonazo” para los inmigrantes con órdenes de expulsión que han caducado, y enfatizó en la necesidad de dialogar con Bolivia, en medio de la tensión por los irregulares que ingresan a Chile desde ese país.
En 1978, Chile y Bolivia rompieron sus relaciones diplomáticas formales, debido al histórico diferendo territorial, marcado por más de un siglo de conflictos y demandas ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, por temas como la negociación de un acceso soberano al mar para Bolivia, o la disputa por el río Silala, cuyo caudal cruza la frontera hasta el territorio chileno.
Lo que dicen las cifras
De acuerdo con el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), las cifras más actuales que registran comprenden los meses de enero y febrero de este año, y aseguran desde la institución que estos últimos meses la cifra de expulsiones ha aumentado.
“El gobierno conformó un comité formado por la Subsecretaría de Interior, Policía de Investigaciones (PDI), Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), los ministerios de Relaciones Exteriores y Justicia, Gendarmería y Registro Civil para coordinar los procesos de expulsión administrativa y judicial, y entre sus tareas está el materializar estas expulsiones decretadas”, precisan desde la institución.
En relación a los datos entregados por el SERMIG, las cifras de expulsiones materializadas en lo que va en el año 2023, en el mes de enero y febrero, alcanzan un total de 24 expulsiones administrativas y 90 judiciales, lo que equivale a un total de 114 expulsiones en lo que va del año.
Además, en 2022 se registraron 1.035 expulsiones judiciales y 31 administrativas. Y en la totalidad del año 2021 hubo 913 en total (667 judiciales y 246 administrativas). Desde el SERMIG explican que la variación en los datos guarda relación con el cambio de la ley migratoria que modificó el proceso administrativo de expulsión.
El proceso y tipos de expulsión
Felipe García de la Huerta, abogado litigante de Lex Juicios y experto en derecho migratorio, explica que, respecto de aquellos extranjeros que han cometido hechos constitutivos de delito y han sido condenados a una pena no superior a cinco años de privación de libertad, se aplica lo dispuesto en la Ley N°18.216, que establece la expulsión judicial como pena sustitutiva a las privativas o restrictivas de libertad.
En razón de lo que dispone esta norma, el abogado señala que la expulsión judicial debe ser emitida por la autoridad competente, que puede ser por resolución fundada de la autoridad administrativa correspondiente (Servicio Nacional de Migraciones), o por el tribunal con competencia penal.
Actualmente los procedimientos de expulsión se diferencias en dos tipos: Administrativo (a través del SERMIG, ante el incumplimiento de la normativa migratoria) y judicial (mediante una orden emanada de un tribunal ante la comisión de un delito).
“Al comparar ambos tipos de procedimientos, se puede apreciar que el ámbito de aplicación de la expulsión judicial es muchísimo más restringida que la administrativa, no sólo porque exige la previa comisión de un delito, sino que además para efectos de decretarla requiere de una pena concreta, no superior a cinco años de presidio o reclusión menor en su grado máximo. Sólo a partir de esa hipótesis, la expulsión judicial puede aplicarse respecto de hechos constitutivos de delito”, asegura García de la Huerta.
Desde el SERMIG precisan que, para poder materializar una expulsión de naturaleza administrativa en la normativa vigente, el director nacional del servicio debe dictar una resolución que dé inicio del procedimiento de expulsión, la cual debe ser notificada personalmente por la PDI a la persona extranjera. Si la notificación puede materializarse, la persona cuenta con 10 días para impugnar la decisión vía administrativa.
“Si el director persiste en su intención de seguir adelante con la expulsión, desechando los descargos de la persona, este dictará la orden de expulsión, la cual debe ser notificada personalmente, y contra la cual el extranjero cuenta con 10 días para impugnarla judicialmente”, afirman desde la institución.
Además, de parte de la entidad pública explican que, en caso de que la Corte respectiva ratifique la decisión del Servicio de expulsar, la PDI deberá materializar la expulsión debiendo encontrar a la persona. Una vez que ello ocurre, cuenta con un plazo de 48 horas para poder gestionar la compra de pasajes, verificar la identidad del sujeto de expulsión con el respectivo consulado del país de origen en Chile, y embarcarla.
Los problemas en el proceso
Desde el SERMIG indican que hoy, los dos grandes desafíos en materia de expulsiones tienen que ver con las negociaciones diplomáticas con Bolivia, y con la coordinación con Venezuela.
“En el caso del país vecino, como se ha dicho en reiteradas ocasiones, en el marco de las reconducciones sólo reciben a sus nacionales. La Cancillería está encabezando diálogos con dicho país, con el objeto de acordar procedimientos de reconducción efectiva. Tratándose de Venezuela, las dificultades que enfrentamos dicen relación con las respuestas a los requerimientos de ingreso a espacio aéreo de aviones Charter o aviones FACH con venezolanos expulsados”, añaden desde el Servicio Nacional de Migraciones.
“La demora en materializar el proceso de expulsión de extranjeros pasa por varias circunstancias, desde la económica (el director del Servicio Nacional de Migraciones, Luis Thayer, ha hablado que cada expulsión tiene un costo de $2.700.000), a la falta de voluntad política (la misma ministra Tohá ha señalado que el gobierno de Venezuela no ha colaborado para que aquellos extranjeros expulsados vuelvan a su país)”, indica Felipe García de la Huerta.
El abogado manifiesta que la principal dificultad para agilizar el procedimiento de expulsión es la misma norma que la regula, pues el proceso de notificación y de ejecución de la resolución que establece la expulsión hace que el procedimiento se torne “engorroso” y poco efectivo. Ante esto, añade que actualmente existe un proyecto de ley redactado por el Gobierno que tiene por objetivo agilizar los procesos de expulsiones.
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