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Accidentes en scooters eléctricos, regulación vigente y desafíos de la movilidad urbana

Según los datos disponibles, a partir del 2019, las cifras de siniestros comienzan a escalar con mayor fuerza. Conoce los detalles.

La muerte de un hombre que se desplazaba en un scooter eléctrico tras ser impactado por un automóvil en la comuna de Las Condes reabrió el debate sobre la seguridad vial asociada a estos medios de transporte emergentes, en un escenario marcado por el aumento sostenido de su uso en zonas urbanas del país. El hecho ocurrió durante la madrugada del sábado en la intersección de Manquehue con Cerro Colorado, cuando, el vehículo colisionó al conductor del monopatín mientras ambos circulaban en la misma dirección.

El fallecimiento se suma a una serie de siniestros protagonizados por scooters eléctricos, fenómeno que ha ido en aumento en los últimos años y que ha puesto presión sobre la regulación y la fiscalización de estos modos de transporte.

Cifras en alza

De acuerdo con datos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), elaborados por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset) a partir de registros de Carabineros de Chile, la evolución de los siniestros que involucran a ocupantes de scooters o patines motorizados en la Región Metropolitana muestra un incremento sostenido durante la última década. Mientras que entre 2015 y 2016 no se registraron accidentes de este tipo, en 2017 se reportó el primer siniestro con un lesionado.

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A partir de 2019, las cifras comienzan a escalar con mayor fuerza: ese año se contabilizaron siete siniestros, tendencia que se mantuvo en 2020. En 2021, los casos aumentaron a 32, con 23 personas lesionadas, y en 2022 se registraron 35 siniestros. El año 2023 marcó un punto crítico, con 36 accidentes y dos personas fallecidas. En 2024, en tanto, los siniestros casi se duplicaron, alcanzando 83 casos, con 62 lesionados. La información correspondiente a 2025 aún se encuentra en proceso de sistematización por parte de Carabineros y no ha sido publicada oficialmente por Conaset.

Marco normativo vigente

Desde 2018, la Ley de Convivencia de Modos clasifica a los scooters eléctricos como ciclos, al igual que bicicletas, patines y skateboards. Esto implica que deben circular preferentemente por ciclovías y, en ausencia de estas, por el costado derecho de la calzada, siempre respetando el sentido del tránsito. En calles con pistas exclusivas para buses, los ciclos deben desplazarse por el lado izquierdo, mientras que en vías bidireccionales con bandejón central se autoriza la circulación por la pista izquierda.

La normativa también permite el uso excepcional de aceras o veredas cuando la ciclovía esté obstruida por vehículos estacionados o cuando las condiciones de la infraestructura o del clima hagan peligrosa la circulación. En estos casos, los usuarios deben adecuar su velocidad a la de los peatones y respetar su preferencia.

En cuanto a la velocidad máxima, la ley establece un límite de 25 kilómetros por hora y una potencia máxima del motor de 0,25 KW. Superar esa capacidad técnica implica que el vehículo deja de ser considerado scooter y pasa a regirse como un vehículo motorizado, con todas las exigencias legales que ello conlleva. Además, el uso de casco es obligatorio, al igual que el cumplimiento de las señalizaciones y normas generales de la Ley de Tránsito. Los scooters deben contar con frenos, luz delantera blanca o amarilla, luz trasera roja y un dispositivo sonoro de advertencia, mientras que se recomienda el uso de elementos reflectantes para aumentar la visibilidad.

Fiscalización y vacíos

Daniel Arancibia, experto en transporte y académico de la Universidad de Santiago de Chile, advierte que uno de los principales problemas en torno a los scooters eléctricos es la brecha entre la normativa y su aplicación efectiva. “Existen vacíos legales o problemas de fiscalización que dificultan el cumplimiento efectivo de estas regulaciones (…) La fiscalización está recién en forma de marcha blanca y existen ambigüedades técnicas”, señala.

Con el objetivo de enfrentar esta situación, el Ministerio de Transportes impulsó durante diciembre de 2024 una fase piloto de fiscalización, apoyada por un dispositivo tecnológico desarrollado por Inacap, denominado SC-25, capaz de medir la asistencia y potencia de los scooters eléctricos. En esta etapa de marcha blanca se realizaron cerca de 10 operativos y se controlaron más de 200 patinetas eléctricas, con miras a iniciar una fiscalización formal a partir de enero.

Desde el MTT explican que estas acciones buscan reducir infracciones y mejorar la convivencia vial en un contexto de movilidad urbana cada vez más diversa, donde conviven automóviles, transporte público, bicicletas, scooters y peatones en un espacio limitado.

Desafíos pendientes

Para los especialistas, la prevención de nuevos accidentes fatales requiere un enfoque integral. Arancibia sostiene que no basta con endurecer las normas si no se acompaña de educación vial, campañas de información y controles sistemáticos. “Lo más importante son las campañas de prevención sobre el uso obligatorio de casco, los límites de velocidad y que los umbrales técnicos sean claros para los que presten servicios”, advierte.

Desde la cartera recalcan que la principal medida de prevención sigue siendo el respeto a las normas vigentes: circular por las zonas designadas, mantener velocidades adecuadas, evitar distracciones como el uso del celular o audífonos y conducir de manera atenta al entorno. A ello, se suma la necesidad de adaptar la infraestructura urbana y fortalecer la fiscalización para responder a una realidad donde los scooters eléctricos ya forman parte del paisaje cotidiano de las ciudades del país.

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