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Bullying en Chile: Las cifras actuales, cómo enfrentarlo y los protocolos

En el 2023 las denuncias por “maltrato entre estudiantes” llegaron a las 4.502.

El miércoles de la semana pasada se difundió un video en redes sociales de una brutal agresión a un niño de sexto básico con discapacidad en un colegio particular subvencionado de Isla de Maipo. De acuerdo con los hechos, su movilidad limitada, producto de su padecimiento de espina bífida, sería una de las razones del bullying, que incluso ya había sido denunciado anteriormente por sus padres.

En 2023, la Superintendencia de Educación indicó que existían 4.502 denuncias por “maltrato entre estudiantes”, si bien esta cifra es 12 % menos que en 2022 (5.115 casos), es la segunda más alta en los últimos 10 años. Por ejemplo, en 2018: los casos se ubicaron en 3.690 y en 2019 la cifra llegó a 3.008.

Para los años siguientes (2020 y 2021), estos indicadores disminuyeron drásticamente producto de la pandemia por Covid-19 y llegaron a 267 y 262 casos respectivamente. De acuerdo con la institución, para el 2023, Puente Alto, Maipú, La Serena y Santiago eran las comunas con más denuncias sobre maltrato o bullying entre los estudiantes.

¿Qué establece la ley?

La Ley de Violencia Escolar se promulgó en 2011 con el objetivo de enfrentar el maltrato entre los estudiantes y fijar las pautas para que los distintos establecimientos abordaran esta situación. Esta regla modifica la Ley General de Educación e instaura que “todos los establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar, que será responsable de la implementación de las medidas que determinen el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia Escolar, según corresponda, y que deberán constar en un plan de gestión”.

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De acuerdo a lo que señaló la Superintendencia de Educación a Emol Facts, según la normativa educacional, ante situaciones de maltrato entre estudiantes, los establecimientos tienen el deber de activar los protocolos que correspondan, “en este caso el Protocolo de Actuación frente a situaciones de maltrato, acoso escolar o violencia entre miembros de la comunidad educativa.”. Estos protocolos son elaborados por los propios establecimientos, ya que deben basarse en las realidades y contextos propios de la comunidad educativa; sin embargo, deben cumplir con ciertos contenidos mínimos, que están establecidos en la Circular N.º 482 de la Superintendencia de Educación.

“Entre estos contenidos mínimos están: las etapas y acciones del procedimiento para resolver denuncias que reciba el establecimiento, las personas responsables de implementar el protocolo, los plazos de investigación y resolución en relación con los hechos, las medidas de resguardo y apoyo psicosocial y/o pedagógico a quienes sean víctimas, entre otros aspectos”, comentan desde la institución.

Es decir, no existe un protocolo único de actuación frente a este tipo de situaciones, “cada establecimiento educacional debe incorporar un protocolo propio en su Reglamento Interno, atendiendo a su contexto y particularidades, el cual tienen el deber de activar ante la ocurrencia de situaciones de maltrato entre estudiantes u otros miembros de la comunidad educativa”, explican.

Leslie Villegas, psicóloga del Centro Fundación Efecto Mariposa, una institución que aborda temas de salud mental, convivencia y fomento del buen trato, señala que la obligatoriedad de estos protocolos se aborda en torno a la acción y no a la prevención, “por lo que se activan ante sospecha, reclamo o denuncia en donde se deben investigar las acciones dentro de un plazo limitado, entregar contención a involucrados y posteriormente evaluar si amerita sanciones. Todos los establecimientos debiesen activar sus protocolos cuando existe sospecha fundamentada, reclamos asociados a determinada conducta o bien ya una denuncia donde se está afirmando un hecho, ya sea de estudiantes, funcionarios o apoderados”.

La experta comenta que en el país falta cultura preventiva dentro de los establecimientos, y a pesar de que existen redes de apoyo comunal que aborden la temática desde un enfoque preventivo, no es suficiente. Asimismo, señala que “no hay una específica que genere apoyo preventivo ante casos de violencia escolar. Justamente, porque se ha visualizado como problema puntual en donde priman las soluciones punitivas, y ante estos casos es donde se observa que lo anterior no es suficiente”.

Las medidas de prevención

Karen Medina, diputada del Partido de la Gente (PDG) e integrante de la Comisión de Educación, explica que, lamentablemente, algunos establecimientos no activan los protocolos “por desconocimiento, falta de capacitación o negligencia. Es crucial que las comunidades educativas los implementen rigurosamente para prevenir y abordar el bullying, especialmente contra toda la comunidad educativa, funcionarios y docentes”.

La diputada detalla que implementar medidas correctivas que incluyan informar a la ciudadanía sobre cómo enfrentar situaciones de violencia escolar, “brindar apoyo a los niños, niñas y adolescentes afectados por el acoso escolar, mantener líneas de comunicación abiertas, hablar regularmente con los niños, escuchar sus preocupaciones y alentarlos a participar en actividades que disfruten”, son algunos de los cambios que se pudiesen incorporar para disminuir este tipo de situaciones.

Por su parte, Gabriel Retuert, académico de la carrera de Psicología de la Universidad de La Serena y especialista en violencia y psicología educacional, establece que abordar la convivencia escolar y dificultades que se pudiese presentar en este caso desde el punto de vista de la violencia, obedece a un fenómeno altamente complejo, ya que depende de factores culturales, personales y educacionales.

Por lo tanto, considera que hay “evitar que se establezcan explicaciones unidireccionales como los factores personales del niño (…) y el abordaje obedece también a esa complejidad. Lo que es necesario, es que en los colegios se lo tomen en serio, hagan acciones preventivas de promoción y existan equipos que vayan orientando y guiando profesionalmente”.

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