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Caso Parisi y pensiones de alimentos: Las dificultades que existen para cobrar las deudas

Con el caso del candidato y el retiro del 10%, el tema volvió a ser noticia. Especialistas apuntan a la necesidad de perfeccionar los sistemas de cobro.

Franco Parisi, el candidato presidencial del Partido de la Gente, ha estado en los titulares luego de que un reportaje de Canal 13 revelara que mantiene una deuda millonaria por pensión de alimentos y una orden de arraigo nacional. La medida es una forma que tiene el sistema judicial que busca asegurar el pago, pero en la práctica, la solución de estos temas no está al alcance de los afectados.

Las pensiones alimenticias: Son la obligación de dar alimentos para niños, niñas y adolescentes menores de 21 años o, en caso que estén estudiando, hasta los 28. La responsabilidad de criar a los hijos es compartida, aunque “el cuidado personal puede recaer en uno de los padres por acuerdo o resolución judicial, pero el otro siempre debe aportar a la mantención. Si no lo hace, se puede demandar ante la justicia el pago de la pensión alimenticia”, como se explica en la legislación vigente.

Las pensiones de alimentos se determinan a través de una demanda en los tribunales de Familia, pero previo a esto, las partes deben pasar por un proceso de mediación, en el que si no se llega a acuerdo, se habilita la demanda.

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El proceso: La pensión alimenticia se determina en torno a las necesidades del niño y la capacidad económica y patrimonial del padre “no custodio” o “alimentante”. El monto no puede superar el 50% de los ingresos de este y el pago es una vez al mes.

En cuanto a la fiscalización del cobro, “esto queda muy a cargo del padre custodio”, afirma Francisco Morales, abogado de Staff Chile, quien ha participado de juicios de familia. Cuando se acumulan cuotas impagas, los padres custodios deben solicitarle al tribunal que “liquide la deuda y ahí se hace el cálculo del acumulado”, explica Morales. Con eso, se determinan los mecanismos para que el demandado pague.

¿Qué pasa si el demandado no paga?: Lo jueces pueden

- Suspender la licencia de conducir, hasta seis meses.
- Retener la devolución a la renta.
- Castigar con pena de reclusión nocturna hasta por 15 días, aunque se puede repetir en caso de mantenerse la morosidad.
- Arresto completo en caso de no cumplir el arresto nocturno. En ambos casos “si el demandado no es encontrado en el domicilio que se señala en el expediente, el juez deberá adoptar todas las medidas necesarias para que el arresto se cumpla”, dice la legislación.
- Oficiar al empleador del demandado para que este reste del sueldo el dinero de la pensión.
- Determinar el arraigo nacional.
- Se pueden pedir garantías sobre los bienes del demandado. Ejemplo: que el arriendo de un inmueble se destine a pagar la deuda.
- Rematar los bienes del demandado hasta el pago de la pensión.

Las dificultades del sistema: Más allá del caso del candidato presidencial, Paz Pérez, abogada y autora del libro “Incumplimiento de alimentos en la justicia de familia“, cree que “en base a la investigación que hice, uno advierte que el problema es que el procedimiento (de cobro) no se organiza de manera rápida ni efectiva. La razón fundamental tiene que ver con que hay falencias normativas que se están tratando de modificar con una reforma que se está discutiendo en el congreso”.

También hay falencias en otras prácticas, porque “nuestra idea de lo correcto o justo puede no estar en sintonía con el hecho de lo que se está tratando de proteger es el derecho del niño a tener un nivel adecuado de desarrollo. Y eso está relacionado con el tema de la cultura, con la idea de definir de quién es la responsabilidad final en el cuidado de los hijos, que tradicionalmente se ha asociado más a la mujer”, agrega Pérez.

Gloria Negroni, jueza de Familia explica que en el caso de ordenarse un arresto “los jueces tienen que estar pidiendo cuentas a Carabineros o la PDI para que lleven a cabo la medida, pero ellos también tienen sus tiempos”. Por lo mismo se presentó un proyecto de ley para crear registro nacional de deudores, con el que se busca “reparar” las falencias en el proceso.

“Antes se podría pensar que se le daba ‘facilidades’ al deudor, porque este procedimiento de pago de pensiones estaba entregado a un tema más de carácter civil, como si fuera una deuda con una casa comercial” afirma Negroni. “Pero esto tiene que ver con un cambio de paradigma, de interpretar la norma desde la garantía de los derechos del niño”, agrega la jueza. Además, explica que a la fecha, se han cobrado más de 417 mil millones en retiros de fondos de pensiones, sumado a cinco mil más en bonos que se han cobrado por tesorería, lo que “sacó a la luz un problema que nadie dimensionaba”, finaliza.

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