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Crisis migratoria en Chile: Los problemas de registro en torno a los extranjeros irregulares

Autoridades y abogados abordan las cifras en torno a la migración en el país, explicando el marco legal que los rige y los flancos más débiles.

En su reciente gira por la Región de Antofagasta, el Presidente Gabriel Boric, respondió sobre qué pasará con los migrantes que cometen delitos al interior del país, como fue el caso del ataque a Carabineros en Puerto Montt. Además, la prensa le preguntó por los llamados “rucos” (viviendas improvisadas por migrantes) que se han instalado en Antofagasta.

“El tema de los rucos en particular, uno no puede satisfacerse solamente con la pretensión de sacarlos un día de un lugar. Por eso la respuesta es más complicada, por eso es intersectorial. Hay que hacer el catastro, ofrecer alternativas”, manifestó el mandatario. En ese contexto, Boric expresó: “A quienes estén en situación irregular, o se regularizan o se van, y a quienes hayan cometido delitos derechamente se tienen que ir”.

¿Qué dicen las cifras?

Según el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), actualmente la población extranjera residente en Chile está compuesta por 1.482.390 personas, de acuerdo a estimaciones realizadas al 31 de diciembre de 2021 por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), en colaboración con la Policía de Investigaciones (PDI), el Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREL) y el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).

Estas cifras representan un alza de 1,5% respecto a la misma fecha de 2020, y un aumento de 14,1% en comparación con el año 2018.

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El subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, explica a Emol Social Facts que existen dos fuentes para conocer las cifras de ingresos de extranjeros al país: por un lado, existen las cifras de Carabineros, que en su función de control de las fronteras, cuando encuentra una persona extranjera ingresando al territorio, lo entrega a la PDI. Luego la Policía de Investigaciones es la que se encarga de llevar a cabo la denuncia del ingreso irregular y materializar la reconducción, si procede.

“Carabineros ha detectado a 21.174 personas extranjeras ingresando al país irregularmente por la Región de Tarapacá durante 2022, que es donde ocurren hoy prácticamente todos los ingresos irregulares. Esta cifra ha venido descendiendo significativamente”, asegura Monsalve.

La otra fuente, según explica el subsecretario, son las denuncias que registra la PDI por ingresos por pasos no habilitados. Estas denuncias ocurren bajo tres circunstancias:

• Cuando Carabineros entrega a PDI en frontera personas que ha descubierto ingresando irregularmente.
• Cuando una persona extranjera que ingresó por un paso no habilitado se auto denuncia a la PDI, en cualquier momento y en cualquier cuartel a lo largo del país.
• Cuando en el marco de una fiscalización, PDI descubre personas en situación irregular y las denuncia.

“Esta distinción es importante, porque una persona que se autodenuncia hoy en un cuartel PDI, o una persona denunciada por PDI en el marco de una fiscalización, pudo haber ingresado al país, días, semanas, meses o incluso años antes. Pero la fecha de la denuncia queda como la fecha del registro”, explica Manuel Monsalve.

Desde el SERMIG, enfatizan en que no existen cifras concretas de extranjeros irregulares, ya que estas se basan en partes policiales (PDI) de autodenuncias por parte de los migrantes y denuncias directas. En esa línea, los datos actuales de PDI establecen un total de 128.924 ingresos por paso no habilitado en los últimos 4 años, desde el 2018.

Felipe García de la Huerta, abogado litigante en Lex Juicios Abogados, y experto en derecho migratorio, precisa que en 2021 se registraron 56.586 denuncias asociadas a ingresos por pasos no habilitados (cifra histórica, correspondiente a un 236% más que en 2018).

Sólo en lo que va del 2022, se han registrado 41.132 denuncias por parte de PDI.

¿Qué establece la ley con respecto a los inmigrantes irregulares en Chile?

García de la Huerta asevera que, tras la entrada en vigencia de la nueva Ley de Migraciones, en febrero de este año, “todas aquellas personas que ingresaron por pasos no habilitados y actualmente tienen la condición de extranjeros irregulares, no van a poder regularizar su condición migratoria”.

Ante esto, el abogado explica que es por esta razón que los irregulares se ven en la obligación de iniciar el trámite de la Declaración Voluntaria de Ingreso Clandestino (autodenuncia), a modo de que la autoridad administrativa inicie el procedimiento de expulsión en conformidad a los artículos 127 N° 1 o 128 N° 1.

Según el especiaalista, tras este procedimiento, el extranjero infractor dispone de un plazo de 10 días desde que se notifique esa orden para exponer lo que estime pertinente ante el Servicio de Migraciones, “ello sin perjuicio de la interposición de algún recurso judicial para intentar revertir la orden de expulsión”.

El subsecretario Manuel Monsalve aclara que esta nueva ley establece que el ingreso irregular al país constituye una falta administrativa y no un delito, como lo establecía el antiguo decreto 1094. Y enfatiza que esto es importante por dos razones:

• Debido a que el principio de no criminalización de la migración irregular informa toda la ley. O sea, ya que se entiende que muchas personas migran forzadamente y no encuentran caminos para hacerlo regularmente, y que eso no puede ser castigado penalmente.
• Por lo tanto, al ser una infracción administrativa, el Servicio Nacional de Migraciones puede decretar la expulsión del país, previa denuncia de PDI.

Monsalve precisa que el procedimiento de expulsión administrativa que establece la nueva ley hace muy difícil materializar la expulsión, y asegura que el Gobierno ingresó esta semana al Congreso un proyecto de ley que modifica el artículo 132 de la Ley de Migraciones, con la finalidad de facilitar el procedimiento de expulsión. El subsecretario explica que, ante casos excepcionales, cuando se encuentra en peligro la seguridad interior o exterior del Estado, el subsecretario del Interior también está facultado para decretar una expulsión.

Desde el 2 de abril, el SERMIG ha emitido 1.231 resoluciones de inicio de procedimiento de expulsión administrativa, según establece el Artículo 147 de la Ley 21.325.

¿Dónde se concentran los flancos más débiles?

Monsalve enfatiza en que Chile tiene una de las fronteras más largas y permeables del mundo. “Solo con Bolivia compartimos 850 km de frontera de muy compleja geografía. Eso hace materialmente imposible un control total de las fronteras”, afirma.

Por otra parte, el subsecretario argumenta que la mayor crisis migratoria del mundo se ve reflejada en la situación venezolana, luego de la guerra de Siria. Y asegura que de los más de seis millones de venezolanos que han migrado, el 80% ha llegado a países de la región. Frente a esto, explica que hay un desafío mayor para muchos países. “De hecho, Colombia, Perú y Ecuador han recibido más migrantes venezolanos que Chile”, asevera.

“Lamentablemente no contamos con una policía fronteriza especialista y dedicada 24/7 en orden a evitar el ingreso irregular. Tenemos que partir de la base que, si se mira desde ese punto de vista, todo ingreso irregular es un asunto de seguridad pública, y la imagen que se proyecta hacia el exterior es la de un país increíblemente vulnerable”, manifiesta Felipe García de la Huerta.

En esa línea, el subsecretario argumenta que se requiere la aplicación de medidas complementarias, y precisa que algunas deben ser orientadas a fortalecer la tarea que tiene Carabineros en el control de las fronteras, otorgándoles más recursos, que ya se han previsto en la ley de presupuesto. “Otras deben estar orientadas a fortalecer la capacidad para expulsar y reconducir, cosa que estamos haciendo”, añade.

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