Despliegue de FF.AA. en zonas fronterizas: Las facultades de uso de fuerza y las proyecciones para el control migratorio
- Marco Zecchetto Rocco, equipo de Facts
- |
- Ver más de facts
Una de las medidas que establece la Ley de Infraestructura Crítica (N°21.542) contempla que las Fuerzas Armadas puedan desplegarse en zonas fronterizas para su resguardo. Para llevarse a cabo, Contraloría debe tomar razón de un Decreto con Fuerza de Ley, que ya fue recibido por el ente fiscalizador, además de un Decreto Supremo. Tras esto, los uniformados tendrán la facultad de realizar controles de identidad, exámenes de vestimenta, detención y control de las personas que ingresen al país por pasos no habilitados.
Esta reforma constitucional (3 de febrero de 2023), está establecida en los artículos 32 N° 21, y en la disposición quincuagésima tercera transitoria de la Carta Magna.
Entre enero y diciembre del 2022, el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) registró 53.875 denuncias por ingresos al país a través de pasos no habilitados. Sólo durante el mes pasado (enero 2023), la institución contabilizó un total de 3.390 denuncias por el mismo motivo.
Protocolos y marco normativo
El 20 de febrero se publicó en el Diario Oficial el Decreto con Fuerza de Ley 1 (DFL) del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, “para el resguardo de las áreas de zonas fronterizas”, en virtud de la reforma constitucional. 
De acuerdo con Jorge Delgado, abogado de justiciamilitar.cl y ex oficial del Ejército, este DFL tiene por objeto:
• Otorgar a las Fuerzas Armadas que se encuentren encargadas de resguardar áreas fronterizas del país, las facultades de control de identidad, registro y detención de personas para el solo efecto de ponerlas a disposición de las Policías.
• Entregarle a las FF.AA. la facultad de colaborar con la PDI y Carabineros de Chile en el control del ingreso y egreso de extranjeros del territorio nacional, y fiscalizar la legalidad de la estadía de extranjeros en el país.
Con respecto al último punto, Nicolás Enteiche, profesor-investigador del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo, precisa que las FF.AA. podrán consignar dichos hechos en el Registro Nacional de Extranjeros, sin perjuicio de las facultades del Servicio Nacional de Aduanas. “Estas competencias pueden ser ejercidas dentro de las áreas de las zonas fronterizas fijadas por un Decreto Supremo”, señala.
En cuanto al uso de la fuerza, el académico explica que esta puede ser empleada, teniendo en consideración principios y deberes que la limitan y que el mismo Decreto con Fuerza de Ley establece.
“En vista de aquellos principios y deberes, los jefes de las fuerzas pueden precisar, de acuerdo con las circunstancias, algunas reglas que el Decreto con Fuerza de Ley enumera. Por ejemplo, la regla del ‘empleo disuasivo de vehículos militares, porte de armas y despliegue de fuerzas’, o bien del ‘empleo disuasivo de fumígenos (granadas de humo, gas pimienta o lacrimógeno, entre otros), sistemas de sonido, luz o agua’”, asevera Enteiche.
Entre los principios de uso de la fuerza que establece el DFL, Jorge Delgado indica que son nueve, de los cuales se destacan:
• Evitar el daño colateral respecto de la vida e integridad física de las personas
• Principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, gradualidad y responsabilidad a la hora del uso de fuerza
• El deber de los mandos a cargo de informar al Ministerio del Interior ante cualquier incidente en que se haya hecho uso de la fuerza
• El deber de advertir antes de hacer uso de esta
• Actuar en torno al cumplimiento del deber y legítima defensa
“Con todo, el DFL señala que este control que efectúan las FF.AA. se limitará a los casos en que exista algún indicio de que la persona hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta; de que se dispusiere a cometerlo; o se contare con algún antecedente que permita inferir que la persona tiene una orden de detención pendiente, o en el caso que la persona se encapuche o emboce para ocultar, dificultar o disimular su identidad”, asevera Delgado.
Además, el abogado señala que, para practicar el examen de vestimentas, se comisionará a personas del mismo sexo, de ser posible, y se observarán todas las consideraciones compatibles con la correcta ejecución de la diligencia, teniendo especial cuidado de guardar en todo momento el debido respeto por la dignidad e intimidad corporal de la persona.
El ex oficial del Ejército indica que, en caso de no poder acreditar que la persona ingresó a Chile por un paso habilitado, debe ser puesta a disposición de la PDI, Carabineros, y en los puertos, ante la autoridad Marítima.
Proyecciones futuras para el control migratorio
Delgado recalca las deficiencias actuales en el control migratorio y de zonas fronterizas, y argumenta que “los buses que vienen del norte del país pasan por distintos puntos de control a lo largo de la carretera, y nadie los detiene, ni controla (ni siquiera aleatoriamente) a dichos medios de transporte, lo cual es de público conocimiento y ha sido denunciado por los medios de comunicación y por alcaldes, como el de la comuna de Estación central, entre otros”.
Además, el abogado añade que el control físico de las fronteras debe ir acompañado de la “firme intención” del Gobierno de regularizar el flujo migratorio, enfatizando en que, si se despliegan las FF.AA. en la frontera sin otras medidas, “será letra muerta”.
“Probablemente habrá una correlación entre la mayor cantidad de personas destinadas a esas labores (control fronterizo) y la detección de ingresos ilegales. Con todo, será necesario evaluar la eficiencia y eficacia de la medida a fin de reforzarla o modificarla”, agrega Nicolás Enteiche.
Más sobre Facts
-
Crimen organizado en Chile: ¿Cómo ha evolucionado la violencia y qué desafíos enfrenta Carabineros?
El Indicador Nacional de Crimen Organizado registró un aumento acumulado de 44,9% en los delitos asociados a este fenómeno entre 2022 y 2025. Expertos abordan el escenario.
-
¿Por qué se inundan las calles de Santiago tras las lluvias intensas? Los factores que explican el problema
Expertos profundizan en las razones tras los rápidos anegamientos.
-
El Niño y el aumento de las temperaturas: ¿Cómo será el verano en Chile?
Especialistas advierten sobre lo que se espera para los próximos meses. ¿Qué eventos podrían ocurrir y cuál sería su impacto?
-
Aluviones en Santiago: Las comunas precordilleranas con mayor riesgo y las señales que anticipan una emergencia
¿Cuáles son los factores clave?