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Impuesto a los “súper ricos”: ¿Cómo funciona el mecanismo de financiamiento aprobado por los diputados?

La iniciativa surgió como una respuesta a la eliminación del artículo que contenía la afectación del IVA a la prestación de servicios.

La Cámara de Diputados aprobó con 130 votos a favor el proyecto de ley que elimina exenciones tributarias como mecanismo de financiamiento de la Pensión Garantizada Universal (PGU). ¿Cuáles fueron las medidas aprobadas y que deberán pasar a ser discutidas en el Senado?

• Impuesto único del 10% sobre las ganancias obtenidas por la enajenación en bolsa de determinados instrumentos: Consiste en modificaciones y en la incorporación del impuesto a la venta de acciones en el mercado bursátil, además de los mecanismos para hacerla efectiva.

• Crédito especial IVA a la construcción: Propone la eliminación del beneficio del crédito especial IVA a las empresas constructoras.

• Beneficios de las viviendas DFL 2 adquiridas antes de 2010: Corresponde a la limitación del beneficio a las viviendas DFL 2 (es decir, residencias que cuentan con un máximo de superficie de 140 metros cuadrados útiles) que hayan sido adquiridas antes del año 2010. Se propone la aplicación de impuestos sobre la tercera vivienda, independiente del año en que se haya adquirido.

• Gravar con impuesto a las herencias y donaciones, sumas recibidas por seguros de vida.

• Impuesto patrimonial a los altos patrimonios: Consiste en la aplicación de una tasa impositiva sobre los patrimonios de personas naturales de personas que cuenten con un patrimonio neto superior a los cinco millones de dólares.

Matías Guzmán, abogado tributario y socio de Guzmán & González, explica que “esta última medida, que fue propuesta en respuesta al rechazo por parte de la Cámara de Diputados del artículo que contenía la afectación del IVA a la prestación de servicios, está sujeta a un primer problema base: La iniciativa exclusiva en materia de impuestos es del Presidente, por lo que la constitucionalidad de la normativa está sujeta al Ejecutivo”.

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Además, el profesional explica las particularidades de la iniciativa:

• “Es un impuesto anual. Todos los años las personas que pertenezcan al grupo señalado se verán afectas”.

• “El hecho gravado por el impuesto es el patrimonio neto de las personas naturales que tengan domicilio o residencia en Chile y que superen cinco millones de dólares al 31 de diciembre del año 2021”.

• “Es importante recalcar que el proyecto habla de un impuesto al patrimonio neto. El patrimonio neto corresponde a todos los bienes y activos, tanto muebles como inmuebles, pero deduciendo las deudas”.

• “El impuesto no solo aplica a las personas naturales, sino que a las personas relacionadas. Es decir, se consideran los bienes de las personas que componen el núcleo familiar de quien está afecto al impuesto”.

• “La tasa corresponde a 1,5% del monto que exceda los cinco millones de dólares. Es decir, si yo tengo seis millones de dólares, la tasa de interés se aplica sobre un millón de dólares. Por otra parte, para quienes excedan en patrimonio neto de los 22 millones de dólares, la tasa aumenta a 2,5%”.

Por su parte, Álvaro Gallegos, economista y ex superintendente de Pensiones, detalla que “el financiamiento propuesto a través del impuesto a los súper ricos viene a llenar un vacío dentro de la propuesta de PGU del Gobierno, que está desfinanciada al largo plazo. (Para) Llegar al 0,90% del PIB, que es lo necesario para financiar la PGU, habría que agregar la reducción a la exención a la venta de inmuebles sobre las 8.000 UF. Aquello podría acercar bastante a la cifra final del costo de la Pensión Garantizada Universal”.

Finalmente, Gallegos explica que “son aproximadamente 11 mil las personas. Es complicado fiscalizar en un sistema tributario de auto-declaración de impuestos. El Servicio de Impuestos Internos realiza revisiones aleatorias en estas declaraciones. En estos casos, los contribuyentes que podrían caer afectos a estos impuestos probablemente intentarían no declarar la totalidad de su patrimonio. La fiscalización se complejiza ya que Chile no dispone de acuerdos sistematizados de datos financieros con otros países, como sí ocurre en la Unión Europea, en donde existe una mayor facilidad para rastrear activos”.

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