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Préstamos ilegales “gota a gota” al alza en Chile: Los detalles de este delito importado y las penas que establece la ley

Estas prácticas están asociadas usualmente a bandas organizadas relacionadas con el narcotráfico, extorsiones y lavado de dinero.

En los seis primeros meses del 2023, la Fiscalía Nacional registró el ingreso de 60 causas por el delito de usura, lo que significa un aumento de casi el triple en relación al mismo periodo del año pasado (19 casos en ese entonces). También conocido como “gota a gota”, este delito importado que se ha instalado en Chile comprende un modelo de préstamos informales con intereses excesivos.
Además, otros países de Centro y Sudamérica han informado de la proliferación de esta modalidad delictual, que ha sido vinculada en su mayoría a mafias de origen colombiano y venezolano.

La investigadora de AthenaLab y abogada UC con especialidad en Derecho Público, Constanza Araos, precisa que la descripción correcta de esta modalidad de delito vendría a ser, por un lado, el préstamo ilegal, y por otro, el cobro extorsivo. La experta señala que estas conductas han sido comunes en toda Sudamérica, e incluso, han provocado una nueva tipificación en países como Perú, Colombia y Argentina, los cuales tienen la figura del “Préstamo extorsivo”.

Araos explica que, en Chile, este delito tiene su origen de tipificación en el Delito de Usura, que se encuentra presente en el Código Penal en su artículo 472, desde el año 1947. Dado el contexto histórico de su dictación -posterior a la crisis económica de los años 30- la abogada asegura que el fin jurídico protegido era evitar el anatocismo (interés sobre el interés) o el cobro excesivo de intereses, sobre todo de financistas extranjeros.

“Por otro lado, desde un punto de vista histórico, tuvo primeramente una regulación propiamente civil, ya que se tenía a la vista lo dispuesto en el Código Civil que regulaba el Mutuo durante el siglo XIX. Luego con la apertura comercial y la complejización de las operaciones bancarias, tuvo lugar la dictación de las Leyes Bancarias en la década de los 60, y finalmente, a principio de los 80, se dictó la Ley 18.010 de operaciones de crédito. Sin embargo, la figura penal se ha mantenido a pesar de los cambios de la realidad comercial y social”, asevera la investigadora.

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A pesar de esto, la especialista afirma que esta figura delictual ha aumentado en Chile, por el aumento de capitales ilegales, el crimen organizado y nuevos actores criminales que han llegado desde el extranjero. E indica que recién a mediados de 2019 se ingresó un proyecto de ley que busca sancionar el cobro extorsivo asociado al préstamo informal, sin embargo, su discusión legislativa no ha tenido avances.

Araos explica que la actual redacción del artículo 472 del Código Penal castiga a quien cobre más interés que el que permite la ley, con presidio o reclusión menor en cualquiera de sus grados, esto es desde 61 días hasta 5 años. Además, el artículo agrega que si el condenado es extranjero deberá cumplir su pena en Chile, y luego del cumplimiento efectivo de la pena se le aplica la expulsión, lo que, según la abogada, “no es pacífico con el ordenamiento penal y las garantías del sistema migratorio”, argumentando que el condenado debiera cumplir la pena en su país de origen.

Como mencionaba Araos, existe un proyecto de ley que busca, además, aumentar la pena a una de presidio menor en sus grados medio a máximo (entre 541 días hasta 5 años).

La proliferación del delito en Chile y su relación con el crimen organizado

Ximena Marcazzolo, investigadora del Centro de Derecho Regulatorio y Empresa UDD, indica que el sistema de cobro “gota a gota” afecta principalmente a personas que no han podido optar al sistema financiero formal. Frente a ello, la académica menciona que dichas personas obtienen préstamos de dinero de sumas sujetas a intereses excesivos, a los cuales normalmente se estipulan términos muy acotados para la devolución del capital y los intereses.

“También se han denunciado situaciones de delitos conexos, algunos de ellos contra las personas, para obtener la restitución del préstamo. Hace varios años, uno de los procedimientos que generó alta connotación pública fue en el denominado ‘Eurolatina’, en el que se pactaron intereses por sobre lo legalmente permitido”, comenta la experta.

Marcazzolo asegura que este delito se puede verificar en el contexto de organizaciones criminales, las cuales, junto con incurrir en figuras de usura mediante el otorgamiento de préstamos con una tasa de interés por sobre el máximo convencional, incurren en otro tipo de ilícitos como amenazas, uso de armas de fuego, lesiones, homicidios, entre otras figuras penales a objeto de alcanzar sus objetivos.

Constanza Araos asevera que la práctica de este delito se ha ido desarrollando en muchos sectores donde hay informalidad, sobre todo en sectores de la población que no tienen acceso al banco, no tienen cotizaciones previsionales o no tienen iniciación de actividades tributarias, lo que además hace muy complejo su seguimiento por parte de la autoridad fiscalizadora y denuncia por parte de las víctimas.

Sumado a ese factor de la informalidad financiera, la investigadora de AthenaLab comenta que esta modalidad delictual es “campo fértil” para las actividades ilícitas, tales como el blanqueo de finanzas ilegales provenientes del crimen organizado. “De ahí que la irrupción en los últimos años de nuevos actores en el crimen organizado ha incrementado la incidencia de este delito, que como mencionaba, además es difícil de rastrear, con nuevas formas de coacción mucho más violentas”, expresa.

La abogada explica que el delito de usura va en concurso con el delito de extorsión, el cual actualmente se encuentra tipificado en el artículo 438 del Código Penal. Sin embargo, indica que este delito apunta a la coacción para que una persona firme, otorgue o entregue un documento que importe un crédito. Según Araos, esto es más bien para que facilite un instrumento o documento, ya sea una escritura o un documento privado, lo que no coincide en la nueva realidad de violencia que ha traído el nuevo panorama de criminalidad organizada.

“Su comisión hoy se ha tornado mucho más violenta, ya que el deudor se expone a amedrentación y coacción por parte de grupos que actúan de una manera organizada, siendo el perfil de la víctima altamente vulnerable por carecer de medios económicos. Esto deja a mayor merced de la actuación del prestamista ilegal, por lo demás, si agregamos otros factores de vulnerabilidad tales como la migración, hay nuevos públicos objetivos como víctimas, por ejemplo, los mismos migrantes que se encuentran en la informalidad”, manifiesta la especialista.

En esa línea, la investigadora de AthenaLab agrega, en torno el modus operandi de este delito, que un prestamista ilegal ofrece pagar una deuda o prestar fondos al deudor, llegando a cobrarle intereses diarios que pueden aumentar a más de un 50% del valor de la deuda, y si no se paga por parte del deudor, empieza un amedrentamiento o coacción violenta hacia la víctima hasta que pague la deuda o incurra en conductas forzadas por el prestamista.

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