¿Qué dictan los protocolos respecto al uso de la fuerza del personal de Carabineros y las Fuerzas Armadas?
- Sofía Reyes-Equipo de Facts.
- |
- Ver más de facts
Tensión es lo que se vive en la Macrozona Sur. Desde el 13 de octubre rige un Estado de Emergencia en el lugar y este miércoles, en una manifestación de comunidades y comuneros mapuches en contra de la presencia de Fuerzas Armadas en la zona, los asistentes se habrían enfrentado con las policías presentes en el sector, resultando un fallecido y tres heridos. Si bien aún están aclarándose los hechos, los sucesos ponen en la agenda nuevamente el uso de la fuerza en Carabineros y las Fuerzas Armadas, presentes en el lugar desde mediados del mes pasado.
El contexto: A raíz de diferentes situaciones de violencia en el sur, el Presidente Sebastián Piñera decretó Estado de Emergencia en cuatro provincias en las regiones del Bio Bio y la Araucanía. Luego de los primeros 15 días, se extendió la medida y ahora, en el marco de los últimos enfrentamientos, el mandatario pidió los votos del Congreso para ampliar por dos semanas más la excepción.
En un discurso, este jueves, Piñera dijo que “siempre vamos a lamentar las pérdidas de vidas humanas” y responsabilizó de los hechos a grupos de crimen organizado que en el sur. Ahora bien, la fiscalía ya encabeza las diligencias para determinar las responsabilidades en el hecho y el Presidente afirmó que prestarán toda la ayuda en la investigación.
Los protocolos: Ambas instituciones tienen normas que regulan el accionar de la fuerza. En el caso de carabineros, la circular 1.832 actualiza las instrucciones al respecto del uso de la fuerza. Para las fuerzas armadas, existe una norma especial que “establece las reglas de uso de la fuerza para las FF.AA. en los estados de excepción constitucional”, como lo que ocurre en el sur del país.
En esta norma se sostiene que:
- “Conforme al artículo 101 inciso primero de la Constitución, las Fuerzas Armadas ‘Existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional’”.
- Sobre el uso de la fuerza en particular, se explica que esta será con “el objeto de velar por el orden público y reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad nacional”.
- Además, son los Jefes de la Defensa Nacional quienes dictarán instrucciones en esta materia.
- Las reglas de uso de la fuerza (RUF) se organizan en ocho principios y deberes: legalidad, necesidad, proporcionalidad, gradualidad, responsabilidad, deber de advertencia y de daño colateral, para finalizar con la legítima defensa.
- En el artículo tres de la normativa se establecen nueve reglas. Entre esas está el “empleo de armamento antidisturbios, sin disparar a quemarropa ni apuntar directo al rostro”, también se permite “usar armas de fuego en legítima defensa, de acuerdo a lo establecido en el Código Penal y el Código de Justicia Militar”.
La última de este paquete de reglas explica que, en el caso de que las anteriores no hayan sido suficientes, se puede utilizar armas de fuego “como último recurso”.
- Finalmente, en este código se autoriza la detención a personas “por delitos flagrantes” y también se permite impedir el paso a quienes transgredan los controles.
- Junto con eso se dice que “el control y registro de personas y vehículos deberá efectuarse conforme a la legislación vigente”.
Para el caso de Carabineros, el coronel en retiro de la institución, Daniel Soto, explica que “hay un estándar internacional para el uso de la fuerza que distingue entre la aplicación de la ley (con estándares de DD.HH.) y otro régimen jurídico para la conducción de las hostilidades, que se rige por el derecho internacional”. Las normas chilenas en el tema están basadas, en términos generales, en los estándares de derechos humanos, explica el también consultor en temas de DD.HH. y seguridad.
“La circular publicada por carabineros diseña un modelo que contiene cinco niveles que señalan qué fuerzas se pueden emplear bajo determinada resistencia o agresión”, explica Soto. Este modelo se establece en la base de cuatro principios:
- Legalidad: “Sostiene que se puede emplear la fuerza para cumplir el propósito legítimo”, dice el abogado.
- Necesidad: “La fuerza es el último recurso”, agrega Soto.
- Proporcionalidad: “Tiene que existir un equilibrio entre la magnitud de la fuerza que se emplea, con un mínimo necesario para vencer una resistencia o neutralizar una agresión”, indica el especialista.
- Responsabilidad: “Que incluye no solo las responsabilidades de cada carabinero, sino que también la de los mandos que dictan órdenes”, finaliza el coronel.
Las instituciones: Desde el Ministerio de Defensa explican que “a todos los oficiales y suboficiales de todas las Fuerzas Armadas desde el inicio de su formación general como especialistas, se les enseña los aspectos del uso y manejo de las RUF, con sus respectivos procedimientos y principios rectores”. Desde Carabineros afirman a este medio que son los oficiales a cargo los que toman las decisiones de cuándo actuar, y “se tienen que cumplir todos los principios para utilizar la fuerza”.
Además, en Carabineros explican que la formación en estos temas ocurre “en todos los niveles, no solo en técnicas de uso de fuerza, sino que también en las cátedras de derechos humanos”. Soto agrega que “cada policía tiene el discernimiento jurídico y la formación para saber cuándo aplicar la fuerza. Un policía es un profesional en el empleo de la fuerza, por lo mismo es parte de su preparación estos temas”.
Más sobre Facts
-
La llegada del fenómeno La Niña: Cómo influirá en Chile y el impacto para el verano
Debido a La Niña, el comportamiento de la estación estival puede cambiar en el país. ¿Qué esperar? Expertos explican el panorama.
-
Radiografía de los delitos contra la propiedad: Un zoom a las cifras y las implicancias para el país
Para el 2024, los casos policiales relacionados con delitos contra la propiedad no violentos registraron 234.906.
-
Crimen organizado, homicidios y la realidad chilena: El aumento de los delitos y las cifras que explican el panorama
Entre 2016 y 2023, los delitos de robo, homicidios, secuestros y extorsiones aumentaron.
-
Valoración del Equipo contra el Crimen Organizado y Homicidios: Resultados, las cifras y lo que explican los expertos
La tasa de casos con al menos un imputado formalizado aumentó de un 33,52% a un 40,18%.