Registro de deuda consolidada: ¿Qué establece el proyecto de ley y cómo impactaría a los consumidores?
- Marco Zecchetto Rocco, equipo de Facts
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El proyecto de ley que crea un registro de deuda consolidada se encuentra actualmente en segundo trámite en el Senado, y ha sido respaldado por diferentes sectores, ya que permitiría evitar el sobreendeudamiento. De esta forma, sería la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) la encargada de administrar esta plataforma, en la que entidades bancarias y no bancarias podrán aportar y consultar datos crediticios y financieros de las personas y empresas.
Según información publicada por la CMF, este proyecto mejorará el sistema de información crediticia existente con la creación de este nuevo registro, ya que este amplía los datos de endeudamiento disponible, debido a que:
• Incluye la deuda al día (positiva) y morosa (negativa).
• Amplía el número de entidades reportantes de deuda positiva, esto es, bancos; cooperativas de mayor tamaño; emisores de tarjeta (retail); compañías de seguros y mutuarias; cooperativas no supervisadas por la CMF; cajas de compensación; securitizadoras y otras que la CMF establezca mediante norma.
• Se crea la figura del mandatario: entidades que pueden prestar servicios tecnológicos (ej: scoring crediticio).
De acuerdo con la CMF, también se ampliaría el acceso al registro de deuda consolidada para reportantes, deudores y mandatarios (debidamente autorizados). “Esto contrasta con el actual boletín comercial que contiene información sólo negativa y es de carácter privado”, señala un documento emitido por el ente fiscalizador.
Este registro operaría de manera en que los reportantes informan las diferentes obligaciones, como la identidad del deudor, los principales términos y condiciones de la deuda, los plazos, las garantías constituidas, el estado de cumplimiento (al día/mora) y la información que pueda determinar la CMF.
El acceso de los reportantes será únicamente con la finalidad de evaluar el riesgo comercial, el riesgo crediticio y la gestión de riesgos para operaciones específicas. Asimismo, estos deberán contar con el consentimiento del deudor para acceder a la información.
Por su parte, los deudores podrán solicitar modificaciones, como la actualización, rectificación o complementación de su información. La CMF indica que, “en un plazo de cinco días hábiles bancarios, tras aceptar la rectificación, el reportante deberá modificar su base de datos y entregar dicha información a la CMF para su actualización”.
Los detalles y el impacto de este nuevo registro
Benjamín Jordán, Gerente Legal de Expertosendeudas.cl, sostiene que este proyecto es viable pero no deseable, debido a que, a su juicio, vulnera derechos básicos, como el artículo 19 N° 4 de la Constitución que asegura a todas las personas la protección de sus datos personales, o la ley 19.628 de protección de la vida privada, ya que, según el abogado, “se valida una mala práctica bancaria que ha sido objeto de innumerables recursos de protección”, aludiendo a la información financiera de las personas que mantienen los bancos y servicios financieros.
En ese contexto, el experto asegura que estos ya cuentan con dicha información a través de su sistema interno. Según Jordán, se debería fomentar la restricción de información personal, así como el cuidado y la protección de los datos personales.
Mario Espinosa, abogado experto en Derecho Bancario y Comercial, y Director Legal de Grupo Defensa, enfatiza en que es importante avanzar en este proyecto, argumentando que se espera que genere mayor competencia y mejores condiciones en la contratación de la deuda, “porque a mayor información, mejores decisiones se toman”.
Además, el especialista destaca que este registro contempla no sólo la información negativa (como actualmente se señala en el boletín comercial), sino que también la información positiva, es decir, el cumplimiento correcto que ha tenido el deudor de sus obligaciones comerciales, lo que, de acuerdo con el abogado, puede significar la mayor competencia y una mejor evaluación por conducta positiva, así como mejores condiciones de acceso al crédito.
“Por otro lado también, desde el punto de vista de la protección del consumidor, la gestión de riesgo, se crean condiciones que permiten controlar de mejor manera el sobreendeudamiento, porque va a haber más información disponible y por lo tanto el acceso al crédito para personas riesgosas desde el punto de vista financiero podría estar más limitado. Y también desde el punto de vista de los datos personales, mejora el estándar de protección de estos datos, lo que, por supuesto beneficia al consumidor”, afirma Espinosa.
En torno al impacto para los consumidores, personas y empresas, Benjamín Jordán, señala que, contrario a la tendencia mundial de la protección de datos personales, en este caso se busca la mayor publicidad de sus datos, lo que generaría menor riesgo para las instituciones bancarias y financieras, pero un riesgo de estigmatización de los deudores.
El Gerente Legal de Expertosendeudas.cl indica que es una norma pro-acreedor, y menciona que es una tendencia que se ha repetido previamente con la reforma a la ley 20.720 -mediante la ley 21.563-, la cual se promocionó como favorable a los deudores, pero, según el experto, aumentó los costos, e incluso se generó un incidente de mala fe contra los deudores.
Proyecciones de la moción
Mario Espinosa prevé que, de implementarse de manera inmediata el proyecto, en el marco de la inestabilidad económica que vive el país, el acceso al crédito podría generar un riesgo de desbancarización para personas naturales y pymes que sean más riesgosas.
En esa línea, recalca que la necesidad de financiamiento que van a seguir teniendo estas mismas pymes y personas podría recaer en el endeudamiento informal, situación que sería perjudicial desde el punto de vista tanto económico como socioeconómico.
“Otras dudas que existen respecto a este proyecto es el aumento en la carga que va a tener la Comisión para el Mercado Financiero a propósito de este proyecto, y si va a tener la capacidad operativa para poder desarrollarlo e implementarlo. Además, la necesidad de recursos adicionales para implementar este proyecto debería también estar considerado desde el punto de vista presupuestario”, añade el Director Legal de Grupo Defensa.
Según Benjamín Jordán, se espera que posiblemente exista un menor acceso al crédito, mayor estigmatización de los deudores, como también menor protección de los datos personales y una vulneración a la tendencia mundial de que la “propiedad de los datos personales es de las personas y no de las instituciones”.
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