Restricción a menores de edad en Zapallar: Detalles de la iniciativa, efectos y aplicabilidad
- Katherine Correa, equipo de Facts
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La medida de restringir el tránsito a menores de edad impulsada por el alcalde de Zapallar, Gustavo Alessandri, fue aprobada. Como iniciativa, esta pretende “resguardar la seguridad de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, menores de 18 años, que habitan o transitan por la comuna en horario nocturno”.
La idea es protegerlos “ante situaciones delictuales o incivilidades a las cuales puedan verse potencialmente expuestos”. El procedimiento constará de pedir el carnet de identidad, tomar contacto con el adulto responsable, para luego interponer una denuncia al Tribunal de Familia si este se encontraba bebiendo. El menor se irá con el apoderado luego de ese proceso.
• En caso de que la familia no se contacte, Carabineros tomará control del joven si este bebía.
• Si no estaba bajo los efectos del alcohol, un funcionario verificará su domicilio y le ayudará a ubicarse.
Las sanciones, como tal, serían las siguientes:
• De 1 a 3 UTM ($60.853 a $182.559).
• Si este reside en la comuna, será sancionado con 3 a 5 UTM (hasta $304.265).
José Ignacio Martínez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de los Andes, entrega su percepción respecto de este proyecto, diciendo que le parece que “la medida es inconstitucional. Un objetivo, por muy comprensible que sea, no basta para validar la actuación de los órganos del Estado, incluidos los municipios, los cuales están sometidos al principio de legalidad en materia de derechos y libertades fundamentales”.
Es decir, que solo le corresponde al legislador limitar el ejercicio de esos derechos y libertades según el abogado, por lo que, en este caso, no se cumple en su totalidad, pues, “que yo sepa, no existe una norma legal que habilite a los municipios a adoptar medidas de este tipo”.
Rodrigo Arellano, vicedecano de la Facultad de Gobierno de la Universidad del Desarrollo, dice que “desde mi mirada, creo que esta es una decisión riesgosa, porque está sujeta a revisión por parte de La Contraloría”.
Desde el punto de vista de Arellano, existe un conflicto con la libertad de movilidad que tienen las personas para circular a lo largo de Chile. Se puede restringir, pero solo bajo los Estados de Excepción constitucionales, por lo que, en este caso, las municipalidades no tendrían aquella facultad para ejercer esta normativa.
¿Una medida efectiva?
Según datos entregados por Carabineros de Chile, en julio se tuvo el conocimiento de que en encerronas y portonazos la participación de menores de edad registraba un alza del 45%. A su vez, aumentó el uso de armas en este grupo a mayo de 2022 en un 7%, teniendo como contraste el 4% del 2018, así como su participación constante en diversos delitos violentos.
Ana María Morales Peillard, directora de Justicia y Reinserción de la Fundación Paz Ciudadana, explica que este tipo de normativas se ha visto en otros sectores: “La experiencia comparada muestra que cerca de las tres cuartas partes de las ciudades de EE. UU. tienen toques de queda y también se aplican en países nórdicos como Islandia. La idea detrás de dicha medida es mantener a los jóvenes en casa durante la noche y horas de la madrugada, y con eso prevenir que cometan delitos o sean víctimas de uno”.
Sin embargo, la evidencia, según Morales, sugiere que los toques de queda juveniles son ineficaces para reducir criminalidad y victimización, situación que da cuenta en una revisión de varios estudios sobre la efectividad de dichas medidas desarrollado por la colaboración Campbell en 2016.
Ante características entregadas por la experta, se puede sacar las siguientes conclusiones de esta medida y su funcionamiento:
• De acuerdo a dicha investigación, el efecto promedio de los delitos cometidos por jóvenes durante las horas de toque de queda fue ligeramente menor, mientras que el efecto en el delito durante todas las horas -no solo las del toque de queda-, fue casi cero.
• Del mismo modo, la victimización juvenil tampoco pareció verse afectada por la imposición del toque de queda. De esta forma, dicha investigación concluye que es improbable que los toques de queda sean una solución con efectos significativos para la disminución de la delincuencia o las incivilidades cometidas por jóvenes y/o la victimización experimentada por ellos.
¿Una normativa imitable?
Para María José Gré Altermatt, psicóloga infantil de Psyalive -portal de apoyo para psicólogos a nivel mundial-, la ventaja de esta medida podría ser “la disminución de ciertos tipos de delitos en jóvenes, pero dentro de las desventajas se vuelve una forma de coartar la libertad de los menores, así como del cuidado que las familias podrían entregar”, explica.
“Esta medida no debiese implementarse en la Región Metropolitana”, establece Gré Altermatt, quien cuestiona que, si esta se llevara a cabo en poblaciones más grandes, sería a un costo notorio: la rebeldía.
“Los adolescentes necesitan del ejercicio de su libertad, porque estas medidas traen consigo ciertas sensaciones de opresión”, finaliza la experta, punto que podría ser conflictivo ante su percepción, puesto que para la experta es mejor tener a menores de edad rebeldes contra la familia que contra legisladores o grupos normativos.
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