Preguntas al Guía: Mi padre fallecié el 2010 y existe una propiedad que quiere vender su viuda, la propiedad estaba a nombre de mi padre y el se caso en sociedal conyugal por segunda vez en los 90s. Somos 3 los herederos: su viuda, mi media hermana y yo, ¿cómo sería la repartición de la venta de la casa?
Guía de: Temas Legales
Sin perjuicio de que las particiones no se hacen en un bien en específico, sino en todos los bienes del difunto, asumamos que el fallecido sólo dejó este inmueble. Asumiendo también que la casa se compró durante la sociedad conyugal, en su calidad de cónyuge casada bajo dicho régimen le corresponde el 50% de la misma.
Además, como heredera le corresponde la mitad de los derechos que tenía el marido fallecido sobre el inmueble, esto es, el 25% de los derechos totales sobre el inmueble.
Sumando ambos, a la cónyuge le corresponde el 75% de los derechos sobre el inmueble y a las hijas el 12,5% cada una.
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