“Pecados de juventud”: Corte Suprema argentina falla en contra del derecho al olvido
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La presentadora de televisión, Natalia Denegri, había solicitado que se elimine de internet situaciones públicas vergonzosas que ostentara durante su juventud. Luego de un proceso judicial la Corte Suprema de Justicia argentina revocó en fallo unánime una sentencia previa favorable. ¿Cuáles fueron los “pecados de juventud” que quiso borrar la señora Denegri?
Derecho al Olvido
La Corte Suprema revocó, por unanimidad, la sentencia previa de la Cámara Civil que había hecho lugar al pedido de la señora Denegri para eliminar de los buscadores de internet su nombre, imágenes, videos y toda publicación relacionada con su pasado mediático durante 1996. La entonces joven Natalia Denegri se había visto involucrada en un caso policial relacionado con drogas que trascendió nacional e internacionalmente por estar también involucrado el entonces manager de Diego Maradona, Guillermo Cóppola.
La ahora exitosa presentadora y productora televisiva en Estados Unidos, invocó ante la Justicia argentina el “derecho al olvido” debido a que aquellas situaciones afectarían su desempeño profesional actual. Sin embargo, la Corte Suprema consideró que más allá del justo interés personal de la señora Denegri debe imponerse la libertad de expresión, que “no solo atañe al derecho individual de emitir y expresar el pensamiento, sino incluso al derecho social a la información de los individuos que viven en un Estado democrático”.
La Corte Suprema consideró de esta manera que la solicitud presentada era un intento de censura previa, situación que se presume “inconstitucional”. El fallo se extiende sobre el hecho de que “si se permitiera restringir recuerdos del acervo público sin más, se abriría un peligroso resquicio, hábil para deformar el debate que la libertad de expresión pretende tutelar”.
Persona pública y exposición
Solicitar la supresión de un contenido por el hecho de que sea una información desagradable no es un argumento válido, consideró el máximo tribunal. Porque Denegri -entendieron los jueces- “es una persona pública que se expuso voluntariamente a los programas de televisión que hoy cuestiona”. Entre las consideraciones del fallo se incluyó el concepto de que si todo quedara en manos de los subjetivos gustos o sensibilidades del tribunal de justicia que las pondere se abriría la puerta a la arbitrariedad y, por ende, debilitaría la protección de la expresión.
El texto completo del fallo de Corte, aquí.
Debe ser señalado que durante los hechos de 1996, la entonces señorita Denegri se mostraba desenfadada y ciertamente atrevida en sus dichos y acciones. En ese tiempo contaba con 20 años de edad. La maquinaria del entretenimiento televisivo la encandiló realizando acciones y expresando dichos de los que hoy se arrepiente -y con buen criterio- sostiene que afectan su tarea profesional. La moraleja, si cabe, es seamos cautos con nuestras publicaciones.
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