Elección presidencial 2013 segunda vuelta: 10 preguntas y respuestas para entender los comicios
- Cristian Palma y Pablo Rodríguez, Aporte para Temas Legales
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Este domingo 15 de diciembre, en la segunda vuelta de las elecciones 2013, los chilenos elegirán a la nueva Presidenta del país entre Evelyn Matthei Fornet y Michelle Bachelet Jeria.
En lo que refiere al ejercicio de sufragar, el proceso en sí no es complicado, pero de todas formas acá te entregamos una serie de preguntas y respuestas muy útiles que podrán ser de gran ayuda para llegar sin ningún tipo de dudas a las elecciones de este domingo, según información del Servicio Electoral (Servel)
1.- ¿Qué se elige en estos comicios?
En esta oportunidad, los chilenos tendrán la posibilidad de elegir al nuevo Presidente de la República, el que asumirá el 14 de marzo del año 2014 por cuatro años en los que, desde La Moneda, se desempeñará como la máxima autoridad del país.
Esta elección presidencial se realiza bajo la reforma constitucional que adelantó su fecha al tercer domingo de noviembre en primera y, en el caso de que haya segunda vuelta, como ocurrió, esta se desarrolla cuatro semanas más tarde.
2.- ¿El voto es voluntario o obligatorio?
Esta es la primera elección presidencial, y segunda elección después de las municipales de 2012, con el mecanismo de inscripción automática de todos los votantes, para quienes el voto será voluntario.
3.- ¿Quiénes pueden ejercer el derecho a sufragar?
Quienes han cumplido 18 años de edad y no han sido condenados a una pena aflictiva (superior a 3 años de presidio). Dicha norma indica que en las votaciones populares el sufragio será personal, igualitario, secreto y voluntario.
El derecho a votar queda suspendido por interdicción en caso de demencia, por hallarse acusado por delito que merezca pena aflictiva o por delito por terrorismo y por sanción del Tribunal Constitucional (en conformidad al artículo 19 número 15 inciso 7º de la Constitución).
4.- ¿Cómo es el voto?
La cédula de votación será de color blanco y en ella se consignan los nombres de las 2 candidatas que obtuvieron las dos mayorías relativas y pasaron a segunda votación, manteniendo el mismo número con el que aparecieron en la cédula de la primera votación.
5.- ¿Cómo votar?
Debes marcar una sola opción por voto, cruzando con una raya vertical la horizontal que aparece a la izquierda del nombre del candidato de tu preferencia. Atención, si marcas más de un candidato por voto, este queda nulo y no será contabilizado en el resultado final.
Luego de marcar tu preferencia, debes doblar tu voto dentro de la cámara secreta, poner el sello adhesivo que te han entregado previamente (estampilla) y salir para depositarlo en la urna del cargo que corresponda.
6.- ¿Cuánto tiempo me puedo demorar en votar?
La acción de sufragar no tiene tiempo límite alguno. Cuando una persona está dentro de la cámara secreta se puede tomar todo el tiempo que sea necesario para ejercer su derecho a sufragio.
7.- ¿Qué es el voto inclusivo?
Desde el 2007 existe una ley que garantiza el ejercicio del derecho al sufragio para las personas con discapacidad.
Para sufragar bajo estas condiciones existen dos opciones. En la primera, las personas con algún tipo de discapacidad deben acercarse hasta la mesa con alguna persona mayor de 18 años que sea de su confianza. Al llegar a la mesa se debe registrar la identidad de las dos personas.
En la segunda forma de voto asistido la persona con discapacidad puede ingresar solo a la cámara secreta donde podrá votar por sus propios medios para después pedirle asistencia al presidente de la mesa quien le ayudará a doblar y cerrar el voto con la estampilla.
La credencial de discapacidad no es un documento que sirva para votar.
8.- ¿Cuál es el horario de funcionamiento de las Mesas Receptoras de Sufragios?
Todas las Mesas Receptoras de Sufragios del país funcionarán desde las 08:00 hasta las 18:00 horas de manera continua. Si llegada la hora de cierre hubiere algún elector(a) que deseare sufragar, la Mesa deberá recibir su sufragio antes de proceder al cierre de la votación.
9.- ¿Qué son los votos válidamente emitidos, nulos y blancos?
Voto válidamente emitido: Son aquéllos en que el votante ha marcado su preferencia en la cédula, sólo con el lápiz de grafito negro, haciendo una raya vertical que cruce la línea horizontal impresa al lado izquierdo del número del candidato. (artículo 65 de la Ley N°18.700).
Votos nulos: Son aquéllos en los que aparezca marcada más de una preferencia, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas. La Mesa dejará constancia al dorso de ellos del hecho de su anulación y de los reclamos de vocales o apoderados por esta decisión. Cabe destacar que no son escrutados a favor de ningún candidato(a). (artículo 71 N° 5 de la Ley N° 18.700).
Votos en blanco: Son aquellos en que no hay señal que indique una preferencia por candidato u opción del elector(a), contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas. (artículo 71 N° 5 de la Ley N° 18.700).
10.- ¿Qué son los votos marcados?
Votos marcados: Se considerarán como válidamente emitidos, pero marcados y podrán ser objetados por vocales y/o apoderados(as), “las cédulas en que se ha marcado claramente una preferencia, aunque no necesariamente en la forma correcta señalada en el artículo 65, y las que tengan, además de la preferencia, leyendas, otras marcas o señas gráficas que se hayan producido en forma accidental o voluntaria, como también aquellas emitidas con una preferencia pero sin los dobleces correctos. Estas cédulas deberán escrutarse a favor del candidato que indique la preferencia, pero deberá quedar constancia de sus marcas o accidentes en las actas respectivas con indicación de la preferencia que contienen”. (artículo 71 N° 5 de la Ley N° 18.700).
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